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Nota de prensa

09/07/2020

ADICAE celebra el fallo del TJUE que condena el engaño masivo en los acuerdos sobre “cláusulas suelo”

Una vez más es el Tribunal Europeo el que tiene que corregir resoluciones del Supremo contrarias a la normativa europea de defensa de los consumidores.

Cientos de miles de consumidores a los que bajo la forma de “falsos acuerdos” la banca engañó para evitar devolverles lo indebidamente pagado ven ahora la puerta abierta a reclamar.

Por enésima vez, el TJUE interviene para salvaguardar los derechos de los consumidores en España ante los abusos hipotecarios. A juicio de ADICAE comienza a ser escandaloso el hecho de que las instituciones europeas tengan que corregir una y otra vez las posiciones asumidas por el Tribunal Supremo recordando al mismo la aplicación irrenunciable de la normativa vigente de protección al consumidor.

Manuel Pardos, Presidente de ADICAE, considera que “esta sentencia ha evidenciado que la justicia española ha venido posicionándose al lado de la banca al reconocer la existencia de unas cláusulas abusivas, pero prefiriendo operar con los consumidores en situación de inferioridad al actuar de manera individual y no colectiva”.

Esta sentencia ha demostrado, según Manuel Pardos, que “estos acuerdo no pertenecen a una estrategia de reconciliación como han venido hablando”, sino que estamos ante un nuevo trato en el que la banca “no quiere negociar ni pactar”.

Para Karina Fábregas, miembro del equipo jurídico de ADICAE, la sentencia demuestra que “el consumidor ha visto vulnerados sus derechos porque no se daban las condiciones adecuadas para que este fuera un consumidor crítico e informado”.

“El consumidor crítico es aquel que tiene la información necesaria para conocer las condiciones, y en este caso, ha quedado reflejado que el banco no da información transparente”, asegura Karina.

En este sentido, Víctor Cremades, Coordinador de Consejo Jurídico de ADICAE, recalca que este dictamen del TJUE aclara y enmienda al Tribunal Supremo por unas “sentencias absurdas” que en unos casos sí que determinaban nulos los acuerdos, pero con las cláusulas suelos no lo determinaba así.

“Esta sentencia del TJUE es una buena noticia para el consumidor porque aclara aspectos sobre la no vinculación. El TJUE establece el principio de no vinculación de las cláusulas abusivas, es decir, que tiene que ser mediante un consentimiento libre e informado, lo que necesita un control de transparencia”, señala Víctor.

ADICAE considera que con su fallo el TJUE evita que se consolide un abuso masivo que, a modo de “fraude sobre el fraude”, suponía que cientos de miles de consumidores que tienen derecho a la anulación completa de sus cláusulas suelo y la devolución de todo lo indebidamente pagado hubieran firmado contratos nuevamente abusivos por los que en muchos casos sólo se reducía el porcentaje del “suelo” y renunciaban a reclamar cantidad alguna al banco.

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